Punto de Servicio
PUNTO DE SERVICO ENDESA
Servicio de Atención al Cliente de Endesa.
Desde aquí puede llevar a cabo sus solicitudes en materia de contratación y compra de productos ofertados dentro de las Soluciones Integrales Endesa.

Qué necesito para contratar un nuevo suministro eléctrico? En viviendas, locales y zonas comunes.
- Licencia de primera ocupación (o primera utilización). En Extremadura será necesaria la presentación de la Cédula de Habitabilidad.
- Certificado Energético Andaluz, exigible siempre que la fecha de la Licencia de Ocupación sea superior o igual al 9 de septiembre de 2011, salvo que:
– La fecha del expediente que soporta la misma sea anterior al 9 de sept. de 2011.
– Aporte Certificado de Exención.
– Aporte Declaración Responsable del Redactor del proyecto, indicando que la instalación está fuera de aplicación del mismo.
- Certificado de Instalación Eléctrica tramitado por Industria para el uso a contratar.
- Referencia catastral del inmueble.
- CIF, NIF o pasaporte. Si el cliente es una empresa deberá presentar el poder notarial o la autorización correspondiente y Escritura de Constitución. Si es comunidad el Acta de Constitución de la misma.
- Código IBAN de la Cuenta Corriente para la domiciliación de las facturas.
- Licencia de primera ocupación o de uso emitida por el Ayuntamiento.
- Certificado Energético Andaluz, exigible siempre que la fecha de la Licencia de Ocupación sea superior o igual al 9 de septiembre de 2011, salvo que:
– La fecha del Expediente que soporta la misma sea anterior al 9 de sept. de 2011.
– Aporte Certificado de Exención.
– Aporte Declaración Responsable del Redactor del proyecto, indicando que la instalación está fuera de aplicación del mismo.
– Los suministros sean para alumbrado público o semáforos, al estar regulados por una normativa específica.
- Certificado de Instalación Eléctrica tramitado por Industria para el uso a contratar. En Extremadura para usos no domésticos el certificado de instalación eléctrica debe ser expedido a nombre del titular del contrato.
- CIF, NIF o pasaporte. Si el cliente es una empresa deberá presentar el poder notarial o la autorización correspondiente y Escritura de Constitución. Si es comunidad el Acta de Constitución de la misma.
- Código IBAN de la Cuenta Corriente para la domiciliación de las facturas.

¿ Qué necesito para contratar un provisional de obra?
- Licencia de obra en vigor emitida por el Ayuntamiento.
- Certificado Energético Andaluz, exigible siempre que la fecha de la Licencia de Ocupación sea superior o igual al 9 de septiembre de 2011, salvo que:
– La fecha del Expediente que soporta la misma sea anterior al 9 de sept. de 2011.
– La fecha de la Licencia de obra, asociada al suministro, sea anterior al 9 de sept. de 2011.
– Aporte Certificado de Exención.
– Aporte Declaración Responsable del Redactor del proyecto, indicando que la instalación está fuera de aplicación del mismo.
- Certificado de Instalación Eléctrica tramitado por Industria para el uso a contratar. En Extremadura para usos no domésticos el certificado de instalación eléctrica debe ser expedido a nombre del titular del contrato.
- CIF, NIF o pasaporte. Si el cliente es una empresa deberá presentar el poder notarial o la autorización correspondiente y Escritura de Constitución. Si es comunidad el Acta de Constitución de la misma.
- Código IBAN de la Cuenta Corriente para la domiciliación de las facturas.
- Declaración responsable o comunicación previa en obras menores de acondicionamientos de locales

¿ Qué necesito para modificar mi suministro eléctrico? Para aumento de potencia, tensión y/o actividad.
- JUSTO TÍTULO: escritura de propiedad, contrato de arrendamiento, documento de compra venta, etc.
- Escritura de Constitución en caso de sociedades.
- En caso de subrogación por defunción, entregar justificante de la misma y en caso de subrogación por separación/divorcio presentar sentencia de la misma.
- CIF, NIF o pasaporte. Si el cliente es una empresa deberá presentar poder notarial o autorización correspondiente..
- Código IBAN de la Cuenta Corriente para la domiciliación de las facturas.
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- En caso de ampliaciones superiores a 15 kW y/o cambios de tensión es necesario realizar previamente una solicitud de suministro.
Para solicitar un cambio de tensión o actividad deberá entregar el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), tramitado por Industria para el uso a contratar. En Extremadura para usos no domésticos el certificado de instalación eléctrica debe ser expedido a nombre del titular del contrato.
- Para aumentos de potencia en Baja Tensión, deberá entregar el CIE tramitado por Industria si la potencia a contratar es:
-Por debajo de 50 kW: Si supera el 50% de la potencia máxima admisible, deberá entregar el CIE tramitado por Industria.
-Supera los 50 kW: Si la potencia solicitada supera la máxima admisible. - Para cambios de actividad, es necesario presentar la Licencia expedida por la administración local (Licencia de Apertura).
- CIF, NIF o pasaporte. Si el cliente es una empresa deberá presentar el poder notarial o Escritura de Constitución del solicitante de la gestión. Si es una comunidad, el Acta de Constitución de la misma.

¿ Qué necesito para un cambio de producto o dar de baja el suministro eléctrico?
- Factura del suministro eléctrico o número del contrato.
- CIF, NIF o pasaporte. Si el cliente es una empresa deberá presentar el poder notarial o autorización correspondiente.

¿ Qué necesito para solicitar el Bono Social?
Para acogerse a la modalidad del Bono Social el suministro debe estar contratado en TUR, el titular del contrato debe ser una persona física y el suministro su primera residencia o vivienda habitual.
Los suministros para vivienda habitual, cuyos titulares tengan 60 o más años o están acreditados como pensionistas en la seguridad social, formen parte de familias numerosas y/o pertenezcan a familias con todos sus miembros en paro pueden acogerse a la tarifa TUR y tener derecho al Bono Social. Sólo se admite un contrato con bono social por persona física con derecho a ello.
Si la potencia contratada es inferior a 3 kW, el titular del contrato podrá acogerse directamente al bono social sin presentar documentación alguna. La solicitud de bono social por familia numerosa, por desempleado o por pensionista se facilita en la oficina.
